Columna invitada

Dignidad humana y debido proceso

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó un precedente importante que, sumado con anteriores, establece las reglas en los procesos penales viciados por tortura y las consecuencias de invalidez que tienen las pruebas obtenidas mediante confesiones obligadas

Dignidad humana y debido proceso
Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Foto: El Heraldo de México

La tragedia de Edmundo Dantés es el calvario de un hombre injustamente encarcelado, al que le han falseado pruebas y culpabilidades como reo político. El honesto mercante se ve acuciado por las pasiones humanas que mueven a la acusación difamante: celos, dinero y poder político, representados por Fernando Mondego, Danglars y Villefort.

Dantés terminará con sus huesos en la isla de If, condenado injustamente como agente bonapartista. Pasarán largos 14 años, un transcurso del tiempo a pies de tortuga, pero beneficiosos para Dantés al ser cultivado por el viejo abate Faria.

La historia la conocemos todos bajo la pluma extraordinaria de Alexandre Dumas y de paso, la igualmente asombrosa pluma del escritor fantasma Auguste Maquet, quien colaboró sustancialmente con Dumas para obsequiarnos El Conde de Montecristo.

Pero no todo es ficción, esta historia novelada se basa en un caso real, el de un pobre zapatero llamado François Picaud. Es decir, un hombre pobre falsariamente señalado de espía a favor de los intereses de Inglaterra y en contra de Napoleón, pasó 7 años de su vida en la cárcel.

Con todo esto quiero señalar la importancia del debido proceso y de la dignidad humana en un Estado de Derecho. Las personas –responsables o no penalmente– que se juegan la libertad física deben contar con instituciones que les garanticen el mínimo de seguridad en un proceso: audiencia, probanza, defensa, entre otros.

Pero una de las garantías más importantes en el proceso es la eliminación de la tortura. Ya Milos Forman en Los fantasmas de Goya (2006) revelaba drástica y sarcásticamente como un inquisidor torturado firmó una confesión en la que juraba que era hijo de un orangután.

La tortura cosifica a las personas, las desnaturaliza al hacerles perder la esencia humana. Es la antípoda de la racionalidad, es la irracionalidad traducida en dolor físico y psicológica bajo el estandarte del golpe y de la amenaza. ¿Qué clase de proceso legal podemos tener si la base de ello es la tortura? Y si a todo ello se suma la construcción de historias falaces y en la hechura de probanzas a modo que terminarán por convertirse en “verdades” a fuerza de repetirlas ad nauseam, entonces tendremos un sistema de justicia penal disfuncional.

La investigación concienzuda y crítica que Ricardo Raphael hace en Fabricación (2025) nos deja ver una historia real que ejemplifica todo esto. Lo peor de todo es que no se trata de una novela y es el mejor caso en el cual la realidad rebasa por mucho a la ficción.

A todas aquellas personas que por indolencia e incapacidad de las autoridades siguen privadas de la libertad no les aplica la frase del Conde de Montecristo: “confiad y esperad”, pues ya lo hicieron y aún siguen en prisión.

El miércoles pasado la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó un precedente importante que, sumado con anteriores, establece las reglas en los procesos penales viciados por tortura y las consecuencias de invalidez que tienen las pruebas obtenidas mediante confesiones obligadas. Ojalá que con los nuevos aires de justicia que vienen se mantenga el precedente y que cuando la ley falle, o las fiscalías hagan mal su trabajo, los justiciables siempre puedan acudir al Poder Judicial.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

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